DEUDA ODIOSA: ANTECEDENTES HISTORICOS E INTERNACIONALES
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“Deuda odiosa, deuda execrable, deuda ilegítima o deuda injusta, en Derecho internacional, es la teoría jurídica, puesta en práctica numerosas veces a lo largo de la historia, sostiene que la deuda externa de un gobierno contraída, creada y utilizada contra los intereses de los ciudadanos del país, no tiene por qué ser pagada y por tanto no es exigible su devolución ya que los prestatarios habrían actuado de mala fe.
DEUDA EXTERNA ARGENTINA:LA AMBIVALENCIA DE NUESTRO PRESIDENTE ALBERTO FERNANDEZ
De la denuncia al FMI en la ONU (21/9/21) como autor de “deudicidio” a negar el carácter y naturaleza de “odiosa” de la deuda externa según definiciones de juristas internacionales derecho internacional público y política de usa cuando le convino (independencia de cuba respecto de deuda con España)
También la presencia de fallidos: el gobierno nacional no solo “denuncio” a Macri y equipo económico por administración fraudulenta (estafa), sino que asumió el rol de “parte acusadora (querellante) en la causa judicial criminal”
Olvido de San Martin como legislador del estatuto provisorio de Peru en 1821, en su carácter de “protector de la libertad del Perú”, en el que reconoció, “por justicia y por equidad, todas las deudas del gobierno español que hubieran sido contraídas para esclavizar al Perú y hostilizar a los pueblos independientes de América debe ser rechazada, cualquiera fuera el acreedor”.
https://www.wikiwand.com/es/Deuda_odiosa
“Deuda odiosa, deuda execrable, deuda ilegítima o deuda injusta, en Derecho internacional, es la teoría jurídica, puesta en práctica numerosas veces a lo largo de la historia, que sostiene que la deuda externa de un gobierno contraída, creada y utilizada contra los intereses de los ciudadanos del país, no tiene por qué ser pagada y por tanto no es exigible su devolución ya que los prestatarios habrían actuado de mala fe, a sabiendas, y por tanto dichos contratos —bonos o contratos comerciales— son nulos legalmente.
En todo caso, tales deudas podrían considerarse personales debiendo responder quienes las hayan contraído a título personal —sea el monarca, el presidente, el director del banco central nacional o los ministros correspondientes— y no el Estado en su conjunto y por tanto los ciudadanos. En algunos aspectos, el concepto es análogo a la nulidad de los contratos firmados bajo coacción.[3][4]
Esta doctrina está presente en la discusión sobre la obligación de pago de la deuda externa en aquellos países donde han existido dictaduras, monarquías absolutas, gobiernos no representativos e incluso gobiernos elegidos democráticamente que han contraído deudas a espaldas de sus ciudadanos, sin su consentimiento y con fines de enriquecimiento personal, enriquecimiento corporativo, para la represión social y política y, en todo caso, contra los intereses de los propios ciudadanos.[5][6][7]
Deuda odiosa a lo largo de la historia
La teoría de la deuda odiosa ha sido aplicada -con el objetivo de no pagar deudas contraídas- no solamente durante los siglos XIX, XX y XXI; existen antecedentes que se remontan a Mesopotamia y Egipto.[16]
Eliminación de deuda en Mesopotamia y Antiguo Egipto – milenios III a I a. C.
Siglo XIX
Deuda odiosa de la Independencia del Perú – 1821 – La deuda colonial
Deuda odiosa de Miguel I de Portugal – 1832 – La deuda de la guerra
Deuda odiosa de Maximiliano I de México – 1867 – La deuda del monarca
Véase también: Maximiliano I de México
Deuda odiosa de la Independencia de Cuba – 1898 – La deuda de la derrota
Véanse también: Guerra Hispano-Estadounidense y Guerra de Independencia cubana.
Siglo XX
Deuda odiosa de Costa Rica – 1923 – Caso Tinoco
Deuda odiosa de Alemania – Acuerdo de Londres de 1953
Siglo XXI
Deuda odiosa en Argentina – 2001 – La mayor suspensión de pagos de la historia
Véanse también: Crisis de diciembre de 2001 en Argentina, Corralito y Crisis económica argentina (1999-2002).
Deuda odiosa en Irak – 2003 – La deuda odiosa que no cobra Francia
Véanse también: Guerra de Irak y Tercera Guerra del Golfo.
Deuda odiosa en Ecuador – 2008 – La política contra la deuda injusta
Véanse también: Deuda externa ecuatoriana y Rafael Correa.
Deuda odiosa en Haití – 2010 – La familia Duvalier
Véanse también: Terremoto de Haití de 2010, François Duvalier y Jean-Claude Duvalier.
Siglo XXI – Reclamaciones de deuda odiosa
La reclamación de auditorías sobre la deuda de los estados se plantea en contraposición a los planes de ajuste impuestos desde organismos extranacionales como el Banco Mundial y el Fondo Monetario Internacional.
El objetivo es conocer quién ha contraído la deuda, cuándo y a cuánto asciende para establecer qué cantidad puede considerarse como deuda odiosa o iletígima que no debería ser pagada por los ciudadanos -ni por los estados-.[42]
Reclamación de deuda odiosa de Ben Alí en Túnez – 2011 – Protestas árabes
Véanse también: Revolución tunecina, Ben Alí y Revoluciones y protestas en el mundo árabe de 2010-2011.
Reclamación de auditorías de la deuda pública en Europa y deudas odiosas
Reclamación de deuda odiosa sobre Grecia – 2011-2015
Véanse también: Crisis de la deuda soberana en Grecia y Deudocracia.
Reclamación de deuda odiosa sobre Portugal – 2011
Véase también: Crisis financiera en Portugal de 2011-2013
Reclamación de deuda odiosa sobre Irlanda – 2011
Véase también: Crisis financiera en Irlanda de 2008-2010
Reclamación de deuda odiosa sobre España – 2011
Composición de la deuda en España – 2012. Plataforma Auditoría Ciudadana de la Deuda (PACD)
Composición de la deuda en España – 2012. Plataforma Auditoría Ciudadana de la Deuda (PACD)
Deuda en el Reino Unido por la crisis de 2008
